Puede reclamar esos 50 € de modo extrajudicial fehaciente (burofax o requerimiento notarial) o judicial (si puede probarlo). El problema es que en ambos casos los gastos pueden ser muy relevantes en comparación con lo reclamado si acude a un notario o a un abogado (la opción del burofax es la más económica, pero no garantiza el pago en absoluto).
Si no es abogado, debe saber que en los Juzgados existen unos impresos para que vd mismo pueda formular demanda sin necesidad de abogado ni procurador en procedimientos de cuantía inferior a 900 €.
¿puedo conseguir que se me abone una deuda de 50€ o existe un mínimo legal que asegura al deudor el impago de la deuda?. ¿puede una empresa de impagados, a base de presones y amenazas conseguir ese pago y sus intereses?