Bueno, es cierto que a los mercaderes les prescribe a los 3 años, pero cuando el otro no lo sea y en el caso de que lo sea se dedique a un tráfico distinto( art. 1967,4º). Ese es un dato que sólo sabe usted. Por eso le he dicho el GENERAL de 15 años para aciones personales que no tengan señalado un término especial. Pero si usted se encontrara en el primer caso entonces lleva razón.
En segundo lugar lo normal es que le entreguen factura de lo que se debe y no una tarjeta con un nº de c/c. Ni caso.
Y por último, en el tratamiento de datos personales hay alguna excepción que otra sobre todo cuando ha habido alguna relacion juridica. Puede echar un vistazo a los arts. 4, art. 11 y art 12 de la LOPD.
gracias por la respuesta. Despues de leer un poquito me parece entender que las prescripciones van así:
-bienes inmuebles 30 años
-hipotecarias 20 años
-pensiones alimenticias, arriendos y otros pagos periódicos 5 años
-Pagos a jueces avogados y demás ,criados y jornaleros, pagos a posaderos y A LOS MERCADERES EL PRECIO DE LOS GENEROS VENDIDOS. 3 años
Yo nunca tuve inteción de no pagar esta deuda, incluso no me creia que este proveedor llegara a esto,fui su cliente unos 15 años , yo tuve empleados y compraba mucho género, el hecho de que por menos de 3000€ me mande esta gente ... sinceramente, si ahora mismo pudiese agarrame a lo legal no le pagaría. Jamás he debido, ni menos me lo han reclamado, y esto me averguenza profundamente.
Lo que más me choca es el porqué no se me presenta una factura, un burofax como decía el compañero o algo donde ponga lo que debo, cosa que no han hecho hasta ahora.
Y otra cosa, entiendo que por la ley de proteción de datos estos cobradores no pueden tener mis datos sin mi autorización, es así?
Por lo del coche no se fíe, que a lo mejor está ese más endeudado que usted, pero independientemente de que el cobrador le haga alguna visita, lo normal es que le manden alguna carta certificada con acuse de recibo o burofax reclamando la deuda sobre todo para que no prescriba, 15 años en su caso. Así que, si debe algo páguelo o negócielo en varios plazos con el gerente que sería lo más lógico. De lo contrario pues es muy posible que en algún momento le interpongan un monitorio en el juzgado con intereses y costas. Y al cobrador si tanto le molesta denúncielo.
Hola, mi situación es la siguiente, hace unos 7 años dejé en una fábrica de pinturas cerca de 3000€ de deuda. Me estaba separando y me quedé sin blanca, hablé algunas veces con el administrador y jamás me negué a pagar, pero no puedo, y menos ahora con la crisis.
Hace pocos días me vino un cobrador a casa, con un coche muy vistoso y demás....yo estoy intentando levantar otro negocio y como imagen me perjudica muchisimo, aparte de la verguenza que uno pasa.
He llamado al gerente de la fábrica, y no reconoce directamente que lo ha mandado pero si lo da a entender, y a mi ese cobrador lo único que me ha dado fué una targeta de visita con un numero de cuenta, luego le pedí que me documentara la deuda y me trajo una fotocopia donde no pone ni cantidades ni nada.
Hay quien me dice que esa deuda a prescrito, y que legalmente no puede reclamarmela, pero eso no es lo que realmente me importa, si pudiese pagaba, pero que puedo hacer con el cobrador?? me debe de documentar la deuda? si viene sin nada, puedo denunciarlo??
gracias.