me deben una cantidad de dinero ( 15.000 euros) deuda ya estipulada como firme en los juzgados. La persona que me lo debe tiene pendiente de aceptar una herencia. Por terceras personas tengo acceso al testamento y al cuaderno particional, mi pregutna es si se puede pedir embargo de una de las fincas que a tenor del susodicho cuaderno particional le van a corresponder.
mi opinión es que sí que podrás embargar la finca/s que le vaya a corresponder, pero sólo cuando haya aceptado la herencia, y esa finca/s sea suya, y no antes. Si renúnica la herencia, tambié puedes reclamar por cuasa de perjuicio al acreedor.
gracias por responder ana 29.
a lo expuesto inicialmente añado que si bien los bienes siguen a nombre de los padres, como consecuencia de la particion de la herencia el deudor ya cobró un talon de 20.367 euros en concepto de compensacion de la legitima que le correpondia. ¿se entiende esto como una aceptacion de la herencia aque haces referencia?
No, cuando digo aceptación de herencia me refiero ante Notario. Pero si sabes que ya ha cobrado esa cantidad de dinero, podrías intentar embargarla, siempre y cuando la tega depositada en alguna cuenta bancaria. De todas maneras, yo creo que lo tienes bastante bien, es decir, que a la vista de que el deudor está pendiente de cobrar (ya sea dinero, o bienes inmuebles), tarde o temprano tu podrás cobrar. Estate alerta de cualquier movimiento que pudiera hacer. Yo de ti, de vez en cuando, pediría notas simples al Registro de la Propiedad de la localidad donde se encuentran las fincas que sabes que va a percibir, y en cuanto aoarezcan a su nombre, pediría el embargo.
Suerte!