Buenos días, hace unos días recibí un SMS, dónde se me indicaba que me pusiera en contacto facilitándome un nº de teléfono y un nº de expediente, he hecho caso omiso a ese SMS, pero me surge la duda si un SMS se puede considerar como una notificación oficial. Que yo sepa no tengo ninguna deuda pendiente y me pareció un tanto dudoso ese SMS, consulté el teléfono en Google y tenía comentarios de estafa. Podrían aclararme si el SMS se considera notificación oficial, y si no es así cuáles son los pasos que van a seguir para localizarme. Gracias. Un saludo.
Si te tienen que practicar un embargo, te retienen dinero de nómina ó embargan propiedades. Si es retención en nómina cuánto pueden embargar de una nómina de 1.800 euros netos?
Si es una propiedad que está a nombre de los cónyugues, pero la deuda es de uno nada más, ¿qué embargan el 50% ó el 100%. Dicha pareja se separó legalmente, pero no hubo divorcio, al cabo del tiempo comenzaron de nuevo su relación y notificaron al juzgado que volvían a estar de nuevo juntos, para que se dejara sin efectos la sentencia de separación, en el momento de la separación los bienes eran gananciales, en ningún momento vendieron el inmueble, ni quitaron la cuenta corriente que tenían en común, al volver a convivir de nuevo, los bienes siguen siendo gananciales ó por el contrario están en separación de bienes a raíz de la sentencia de separación. Buenos días. Gracias. Un saludo.
Disculpa, he enviado una consulta, no sé si pertenece a este foro ó en otro, pero me han respondido en respecto a tema de comunidad, que no tiene nada que ver con la consulta que he planteado. Gracias. Un saludo
Hola, un sms no es una notificación oficial, y no se a que deuda se refiere, esto es un foro de propiedad horizontal, una deuda comunitaria no llega aviso por sms
Buenos días, hace 13 años tuve citación para juicio monitorio, no llegamos a un acuerdo y al entrar en sala mi abogado recuso la acusación. Yo tenía mi abogado y procurador, hasta el día de hoy no hemos vuelto a saber nada más de esa deuda. Ahora me manda una empresa un SMS para que me ponga en contacto urgente con ellos. Ni la empresa pertenece ni a mi abogado ni a mi procurador. Después de 13 años la deuda ha prescritos?. Mediante un SMS se puede dar por notificado oficialmente cualquier certificado?. Gracias Un saludo.
En el monitorio no se celebra juicio, salvo que exista oposición al monitorio.
Quizá lo que ocurrió es que su abogado se opuso y se celebró juicio por los cauces del Juicio Verbal, recayendo sentencia. Lo que me extraña es que si hubo sentencia que le condenara al pago (que es el supuesto más probable), no ejecutaran la misma.
En cuanto a los requerimientos por SMS, aunque es una forma legal de interrumpir la prescripción, en este caso, ni siquiera contestaría porque imagino que no ejecutaron la sentencia y si no lo hicieron, en este momento no es posible ejecutar la sentencia porque ha caducado la posibilidad de hacerlo.
Lo que le recomiendo es que consulte con el abogado que la defendió.