Mi pregunta es, puedo embargar la vivienda de una persona la cual me adeuda un importe de 52.000 euros, a pesar de que su vivienda tiene un hipoteca?
Es la unica solucion que me aporta, y con los documentos en el que reconoce su deuda conmigo.
Si es posible, lo indicado, cual es el procedimiento mas abreviado y eficaz.
Como poder, puedes. Pero en caso de ejecución, primero cobraría el titular de la garantía hipotecaria y tú solamente en el caso de que sobrase algo.
Un saludo
Hola Canchales!
Claro que puedes. Dependiendo de qué tipo de deuda tenga, meterás un pleito u otro. Y lo más inteligente (salvo mejor criterio) sería aportar junto con la demanda una nota simple del inmueble que dices, para facilitar la búsqueda.
Lo cierto es , como dice Zoraser, que primero cobra el Banco donde se constituyera la hipoteca, y lo que sobre, si no hay otro acreedor preferente, es para ti.
Si ves que la vivienda no vale mucho, puede que no te llegue y tengas que recurrir a otros medios: embargo salario, saldos de cuenta a favor, ciertos bienes muebles...
Un saludo
El tema es que esta pareja está al dia con la hipoteca, no deben nada,,,, solo a mí.
Yo puedo embargarles ?
Tendrian que salir de la vivienda ?
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Otra pregunta:
Dos persona, una vivienda en comun comprada,
50% cada uno.
Uno solo está pagando la hipoteca (demostrable)
la otra persona se desentiende del pago, cuyo prestamo es de los dos.
El que paga puede judicialmente reclamarle ese 50% al otro por impago..? embargarle su parte ?
Existe la posibilidad de que esta persona renunciara a la propiedad y hacerlo constar en escritura ?
A lo peor te hemos liado un poco. Verás, si ya han pagado la hipoteca, la casa no está hipotecada. Si te refieres a que están al día en el pago de cuotas, la vivienda sigue estando hipotecada y volvemos a estar como antes. Lo de que tu puedes embargársela es una explicación muy lasa, que se correspondía con la simplicidad de la pregunta. Pero no es exactamente así. Si como parece que indicas es tu deudor el que está de acuerdo, pues vale, pero no creo que se refiera a que se la embargues, sino a que te la ofrece como garantía de la deuda. Tendría que realizar una segunda hipoteca a tu favor, etc., etc.... El embargo debe ser judicial, tras tu reclamación, y salvo que él señale expresamente ese inmueble y tú estés de acuerdo o hayais constituido la hipoteca sobre el mismo, hay otros bienes que se le embargarían antes. Pero es un proceso largo y tedioso. No parece que tengas muy claro lo que quieres preguntar o por lo menos yo no acabo de entenderte. Por cierto, la vivienda sigue siendo suya hasta que no sea enajenada, no tienen porqué irse de ella.
Un saludo
Me puedes indicar algo sobre lo segundo, que es otro tema distinto..?
Dos persona, una vivienda en comun comprada,
50% cada uno.
Uno solo está pagando la hipoteca (demostrable)
la otra persona se desentiende del pago, cuyo prestamo es de los dos.
El que paga puede judicialmente reclamarle ese 50% al otro por impago..? embargarle su parte ?
Existe la posibilidad de que esta persona renunciara a la propiedad y hacerlo constar en escritura ?
Respecto de lo primero que preguntas, el inmueble está hipotecado, nadie sabe salvo el prestamista y el deudor si se estan llevando a cabo los pagos. La realidad es que existe una hipoteca que puede estar inscrita todo el tiempo que quiera el propietario y tu siempre vas a estar detras. Vas a iniciar los trámites sin saber que es lo que puedes sacar?. No creo que merezca la pena salvo información bien contrastada.
En cuanto al segundo post si a todo, ahora aunque te quedes con el piso entero seguiras con media hipoteca salvo que el banco autorice que estes tu solo.