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Deuda universitaria

2 Comentarios
 
Deuda universitaria
29/09/2014 16:32
Buenas tardes,
El año pasado me apunte a la universidad en condición de becario, por motivos de carencia de conocimientos anteriores suspendí dos asignaturas el primer cuatrimestre, lo que me llevó a perder la beca de matrícula de ese mismo año. Al enterarme de ello no me matriculé en el siguiente cuatrimestre.
Me dirigí a secretaría a decirles que no tenía intención de seguir estudiando allí para que me desapuntaran.

hechos:
En Marzo me llego la primera carta certificada de la universidad diciendo que debo pagar el cuatrimestre y que si no lo pagaba dentro del plazo se me aplicaría una multa de 20 EUR (no ponía mensual ni anual)

En junio me llegaron dos cartas certificadas, una de la universidad diciendo que si no pagaba no me concederían ningún título y que pasarían a la vía administrativa (Tenía un mes para recurrir, y al segundo mes procederían a ello)
La otra carta era de la policía refiriéndose a eso mismo (Desgraciadamente alguien me tiró la carta y no me acuerdo exactamente como lo ponía).

Dudas:
¿Me pueden cobrar intereses de demora mensuales?
o simplemente cuando tenga dinero puedo abonar dicha cantidad?
¿Me pueden cobrar gastos judiciales de algún tipo?
¿Puede acabar prescribiendo ese pago?

Decir que no me han llegado más cartas hasta ahora y que la universidad es la UPC (Universidad politécnica de cataluña)

Gracias, estoy asustado por el tema intereses debido a que un familiar tubo una deuda al pagar una motocicleta a plazos y ahora está pagándola tres veces debido a intereses.
30/09/2014 09:44
Uan vez que se inicie expediente de reintegro (vía administrativa) se devengan intereses al tipo legal (creo que ahora es el 4%). Eso no quiere decir que necesariamente te los cobren, depende de la eficiencia del funcionario de turno. Hay algunos que ni siquiera saben eso.
15/10/2014 01:09
Esto está regulado en la normativa académica de matriculación para el curso académico de que se trate (por las fechas que dices el 2013-2014). Digamos que la beca no surtió efecto en tanto y cuanto que no superaste las asignaturas, por lo tanto estas obligado a pagar y que son esas cartas que te han llegado. Efectivamente llevan un RECARGO que no es cuestión del funcionario de turno, PUES EL PROGRAMA INFORMÁTICO YA GENERA LA PROPIA CARTA DE PAGO CON LOS IMPORTES QUE CORRESPONDAN EN FUNCIÓN DE PAGAR A TIEMPO O NO.