Hola, por problemas económicos he dejado pendiente una deuda de IBIs en el Ayto de Sevilla. Cuando entro en la Web para elaborar la carta de pago, me dice que hay algunos registros que no se pueden incluir en la carta de pago por encontrarse trabada por embargo. Estaba esperando este dinero para liquidar esta deuda y resulta que no puedo. Podrían decirme por que otro medio se puede liquidar esta deuda?