Puedes hacer un préstamo privado y devolverlo sin fiscalidad de ningún tipo. No hay ninguna donación, si lo devuelves; la habría si no se lo devolvieras sino que te lo pagara sin más, pero no si lo devuelves, ni es ninguna donación tampoco saldar una deuda.
Bastaría un contrato privado, pero si quieres tener todas las garantías y total transparencia fiscal (y que justamente hacienda no pueda considerarlo una donación) es recomendable presentar el modelo 600 de la AEAT, y tributar por AJD aunque con valor 0 (los préstamos privados están exentos).
Rellenas el 600 y te hace la transferencia, pagas tú, y luego se lo devuelves por transferencia. Ya está. Coste 0,00 €.
El mejor método sería que mediante un contrato privado , en él la otra persona declara que te va a hacer un préstamo y debe incluir los pagos mediante los que tú le vas a devolver el dinero si lo hacéis mediante donación la persona que te deja el dinero no tiene que tributar nada pero tú si y dependiendo de si es un familiar y el grado a ti te correspondería pagar un porcentaje a hacienda declarando la donación. Cuando le devuelvas el dinero a esa persona también tendría que declarar, entonces, ese dinero como una donación y tributar el porcentaje que corresponda. Así que lo mejor es que hagáis un contrato privado como préstamo en una gestoría o notario.
debo a una financiera 16000€ y el caso es que no tengo ese dinero pero un tercero puede pagarme la deuda.
Mis preguntas son:
1. La persona que me paga la deuda tiene que hacer algo en especial o Hacienda puede decirle algo?
2. A la hora de devolverle el dinero (podría hacerlo en un mes) el mejor método es hacerlo por una donación? ( Tributaria al 2%) Porque supongo que no pueda hacerle una transferencia sin coste fiscal