Mi empresa se encuentra en concurso de acreedores desde hace ya algún tiempo y la deuda salarial no ha hecho más que aumentar. Yo presto servicios a un sólo cliente en exclusiva, desde hace más de cuatro años, el cual me ha ofrecido contratarme e incluso pagarme la deuda salarial, pero ambos desconocemos como se puede realizar. Hemos acordado que no sea una subrogación, sino un nuevo contrato temporal. ¿Existe alguna manera de que yo pueda renunciar a la deuda con mi empresa ante el juez y con un certificado del importe, el cliente se haga cargo? Creo que por el articulo 42 del estatuto de trabajadores, podria demandar a mi cliente y éste deberia (seguramente) hacerse cargo, ¿pero como puede realizarse de mutuo acuerdo?