Debemos ser precisos en nuestras opiniones, si no confundiremos a los consultantes.
La obligación de devolución del principal, así como la de abonar los intereses moratorios, tiene un plazo de prescripción de 15 años.
La obligación de devolver los intereses remuneratorios tiene un plazo de prescripción de 5 años.
Cuestión distinta es la posible existencia de retraso desleal o de unos intereses moratorios excesivos, para lo que sería necesario contar con toda la documentación; es decir, el consultante debería ponerse en contacto con un abogado de su confianza.
Nosotros intentamos negociarlo con el banco, pero nos dijeron que aquello ya estaba arreglado. Y hasta ahora no se han puesto en contacto con nosotros de nuevo, por qué han esperado tantos años?
Desgraciadamente el seguro que firmaste era de vida, es decir, en caso de fallecimiento la financiera cobraria de la compañia de seguros. Lo que deberias haber hecho es en lugar de dejar de pagar haber puesto en conocimiento del banco tu situacion y haber negociado una salida viable. Por lo tanto, es legal y mientras no negocies con el banco los intereses pueden llegar a ser escandalosos.
Hola, mi consulta es la siguiente, en el año 98 pedimos un prestamo personal de unos 7000 € aprox. a una entidad de bancaria. Al firmar el contrato para este prestamo nos hicieron firmar también un seguro (supongo que para caso de impago). Total, que no pudimos pagar pues nos quedamos sin bienes, sin trabajo y sin nada, y ahora, al cabo de este tiempo, me reclaman el doble del préstamo solicitado. Es legal? No prescriben las deudas? Gracias