Ante todo enhorabuena por este foro :)
Quería exponer brevemente lo que ocurre:
Fui administrador de una SL, y debía por 2008 unos 8000€
Ahora con sus interés etc, son mas de 20.000, pero me los han pasado a mi como administrador !!
No me dejan darme de alta de autónomos, ni aplazar la deuda (por la cuantía).
1) ¿Pueden repercutirme a mi la deuda de la SL? ( en otros foros aquí, entendí que no, y si lo han hecho, podría legalmente recurrir eso?
2) Necesito reactivarme, he leído que puedo abrir una SL no pasando del salario mínimo... pero en el tema de SS, como Administrador debería darme de alta de autónomo pero , sigo entonces con mútua privada (no me queda otra) y con mis obligaciones locales y de AEAT?
Gracias infinitas
Respecto al punto primero decirle que si la administración ha encontrado responsabilidad del administrador puede derivar esa deuda contra usted, de todas formas la administración ha tenido que notificarle y exponerle los hechos en los que se basan para derivar la responsabilidad al administrador.
Respecto al punto dos decirle que no es así, en el caso de autónomos no societarios y dándose una serie de causas como no superar SMI y la no habitualidad se puede omitir el alta en RETA, en su caso sí constituye una SL siendo usted socio, administrador está obligado a causar alta como autónomo societario, suponiendo que constituya una Sociedad decirle que la administración puede embargarle sus participaciones.