Hola:
Una empresa del sector limpieza me debe aprox. 2.000 € por facturas emitidas en el año 2010. He presentado en el juzgado de 1ª instancia de Madrid proceso monitorio contra la sociedad deudora, antes pedi informes sobre la situación de esta empresa y me comunicaron que sigue prestando servicios y facturando a otras empresas por lo que cuenta con ingresos.
Tengo 2 preguntas:
1.- El escrito lo presente en el juzgado con fecha 12-07-2011.......... ¿cuanto tiempo ó - tarda el juzgado en contestar?.
2.- ¿Es factible que el juzgado condene a pagar la deuda o al embargo de bienes de la sociedad deudora?
Esperando respuestas sobre el asunto, os envío un saludo.
Le contesto por los puntos que usted requiere.
1.- Depende del Juzgado al que lo presentare. Cuente con 3-4 meses mínimo.
2.- Es factible la condena al pago de la deuda aunque el proceso monitorio no prevé condena ejecutoria. Habría de iniciar nuevo procedimiento de ejecución de sentencia.
El procedimiento monitorio es el más sencillo y económico al no intervenir ni abogado ni procurador pero bastante ineficaz si el contrario no desea pagar.
Saludos,
Muchas gracias José Ramón.
Si le entnedí correctamente, Ud me dice ¿que aunque le condenen al pago no cobraré, que tendría que iniciar un nuevo procedimiento?...... perdoneme pero no lo entiendo muy bién, soy un poco obtuso para los temas judiciales.
Yo tenía entendido que si en el plazo de 20 días, desde que le comunica el juzgado, no se opone debería pagar o el juez dicta auto de embargo de bienes hasta cubrir la cuantía reclamada.
Gracias y saludos.