Si la deuda que Vd tiene contraida es POSTERIOR a esa donación y no es de esas deudas societarias y mercantiles que estipulan periodos de sospecha y presumen hechos en fraude de acreedores aquellas transmisiones previas a su existencia conocida (ya sabe, transferiri titularidades, desviar o quitar de enmedio bienes propios para evitar embargos) entiendo que NO pueden embargar la vivienda....con una EXCEPCION: que la deuda que menciona sea hipotecaria sobre la vivienda, en cuyo caso sí le embargan la misma, porque doy por hecho que aunque la sentencia declare la obligacionn de su mujer en abonar el 100% hipotecario, la escritura de hipoteca que vincula a ambos sigue siendo vigente.
hola, soy divorciado y en la sentencia de divorcio done mi parte de la vivienda (con una hipoteca,la cual se hace cargo mi exmujer segun consta en la sentencia) a mi hija de 14 años, actualmente 15, como insofructa,mi pregunta es la siguiente, en caso de no hacer frente a una deuda contraida por mi, pueden embargar la vivienda mencionada? gracias