Buenas tardes.
Salvo que alguien me corrija, la acción por deuda hipotecaria prescribe a los 20 años. Si la última cuota que no pagó usted fue hace más de 20 años y en ese tiempo el acreedor no le envío ningún requerimiento de pago, la deuda se encuentra en principio prescrita.
Hola, una deuda no hipotecaria fechada en 1990. La adquiere un banco luxemburgues. Nunca me la reclamaron y lo hacen ahora vía judicial ( abril de 2013) Ha prescrito? Redacto escrito de oposición? Muchas gracias