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Deuda judicializada vendida

7 Comentarios
 
Deuda judicializada vendida
23/11/2015 13:20
A ver si alguien me puede ayudar.

Deje de pagar un préstamo personal en 2009, por lo cual el 23/04/10 Ejecución de títulos no judiciales, reclamándome 8587,13€ de principal más 2576,14€ de intereses y costas, de no pagar en el acto se declaran embargados mis bienes y derechos hasta cubrir cuantía.
2011 me embargaron la nómina quitándome un total de 2429,23 €.
La deuda pendiente en el juzgado es de 6157,20€ de principal, 2576,14 en costas, más xx intereses legales.

14/07/14 cedieron los derechos mediante contrato compraventa a IDR FINANCE II y firme un acuse de recibo (notificación cesión de crédito)

Fui al juzgado y sobre el mismo procedimiento Interpuse un recurso haciendo referencia a artículo 1535 del código civil, el cual no sirvió de nada. Y ahí quedo todo.

Hace unos dias recibo llamada de Dpto. Atención al Cliente de Link Finanzas en la que me hace una quita si pago antes de fin de año la deuda que mantengo con IDR FINANCE II.
Me dan numero de cuenta de link finanzas para hacer el ingreso.
Nunca antes se habían puesto en contacto conmigo, ni notificado nada.


Que me aconsejáis?
23/11/2015 15:14
Cuando una deuda está judicializada, todo debe de pasar por el juzgado, así que esa quita debe de presentarse en el juzgado, y todo dinero a la cuenta del juzgado. Verás como no lo hacen, son unos impresentables.
27/11/2015 16:00
Y si pago y con el justificante voy al juzgado.
27/11/2015 17:10
Me han enviado documento que acredita que dueño de la deuda, le ha encomendado a Link Finanzas la gestión y recuperación de las cantidades pendientes al cobro de dicha deuda. Y posteriormente documento de QUITA PAGO UNICO.

28/11/2015 21:56
Hola arena1.

El embargo bancario fue ordenado mediante orden vía judicial u otro,..?
Un saludo.
30/11/2015 01:07
si, pero no embargo bancario me embargaron la nomina 2011 y anotación preventiva sobre mi vivienda.
30/11/2015 01:36
Deuda judicializada vendida a IDR FINANCE II
Mi banco primero me mete en el juzgado y Ejecución de títulos no judiciales.
Años despues cedieron los derechos mediante contrato compraventa a IDR FINANCE II y firme un acuse de recibo (notificación cesión de crédito)
Interpuse un recurso haciendo referencia a artículo 1535 del código civil, el cual no sirvió de nada. Y ahí quedo todo.
Hace unos dias recibo llamada de Dpto. Atención al Cliente de Link Finanzas en la que me hace una quita si pago antes de fin de año.

A quien le debo?
al juzgado o a los nuevos dueños?

Me han enviado documento que acredita que dueño de la deuda, le ha encomendado a Link Finanzas la gestión y recuperación de las cantidades pendientes al cobro de dicha deuda. Y posteriormente documento de QUITA PAGO UNICO.



30/11/2015 09:51
A ver, le debes a quien compró la deuda.

Puedes llegar al acuerdo que quieras con ellos, pero lo suyo es hacerlo siempre a través del juzgado para estar seguros.

No obstante si te fías (eso ya es cosa tuya) del documento, y queda claro el tenor del acuerdo puedes firmar y luego informar al juzgado.

Si llevas el justificante de pago al juzgado sin más, el juzgado no hará nada, necesitas que la otra parte presente un escrito en el que se dé por saldada y liquidada.