Buenos días.
Hace unos años herede una vivienda cuyo usufructo correspondía a otra persona. Al fallecimiento de esa persona y recuperar la vivienda me encuentro que ha 3 recibos del IBI sin pagar.
A quién corresponde pagar esa deuda?
Me puede ocasionar problemas si decido venderla?
Muchas gracias.
Buenas:
Si que te puede ocasionar problemas porque el Municipio puede decidir embargar el inmueble en cualquier momento, aunque no suele ser lo habitual. Teóricamente la deuda correspondería a los herederos del usufructuario que es quien debería haberla abonado, pero tu al ser el nudo propietario, de forma subsidiaria puedes ser considerado responsable. Si no conoces a los herederos de la anterior persona y reconocen la deuda a través de la herencia universal, lo mejor es pagar de forma fraccionada e intentar olvidarse del tema.
Muchas gracias por su respuesta.
Me surge otra duda. Supongo que previo al embargo tendrá que haber una notificación de la deuda puesto que yo puedo desconocer la deuda existente.
O no es así?
Gracias de nuevo.