Una hipoteca formalizada en 2000, dejó de pagarse en 2001 resultando embargada y subastada la vivienda. El Banco nunca reclamó cantidad alguna a pesar de que el deudor contaba con nómina de la Administración. Sin embargo en el ASNEF sigue apareciendo una deuda equivalente al total de la hipoteca. El Banco no aporta solución ni reclama nada. Cuando prescribe esa deuda aunque sea inexistente para poder borrarla de los registros?
Buenos dias. Me embargaron el piso y me qudo una deuda de unos 300.000€.me embargan la nomina con un SMI de 700y pico d euros. Tengo entendido k los embargos hipotecarios son apartir de 900 y pico de €, y tambien depende de los ingresos del resto d las personas a mi cargo, tambien depende d si las pagas son prorrateadas, etc... Mi nomina es de 1300€y me bienen descontando alrededor de 200€ . es legal? Como puedo reclamar en caso d k asi fuese necesario? Muchas gracias
En 2011 se sacó un decreto especial para proteger a los deudores hipotecarios en el cual se incrementa la cuantía que se considera inembargable.
Así, si se cumplen una serie de requisitos, la cuantía del salario mínimo inembargable se incrementa en un 50% y además en otro 30% por cada miembro del núcleo familiar que no disponga de ingresos propios regulares, salario o pensión superiores al salario mínimo interprofesional. Se entiende por núcleo familiar, el cónyuge o pareja de hecho, los ascendientes y descendientes de primer grado que convivan con el ejecutado.
Por lo tanto, el hecho de que aumente el salario mínimo, también afecta, y en gran medida, a este colectivo.
Para aquellos que no lo sepan, los requisitos que deben cumplir los deudores para poder aprovecharse de este SMI incrementado para deudas hipotecarias son:
Que exista deuda hipotecaria.
Que la vivienda ejecutada sea la vivienda habitual.
Que la vivienda haya sido efectivamente subastada.
Que tras la subasta de la vivienda, aún quede deuda por pagar de la hipoteca.