Si, si se puede, la reclamación es en plazo, y aunque no embargarían el vehículo directamente, si pueden embargar las acciones o participaciones de la sociedad.
Cuando usted hace la declaración de la Renta y Patrimonio, esas acciones o participaciones figuran, y tributa por ellas, y si es una sociedad unipersonal, pueden embargarle el 100%.
Tenga presente que los bancos poseen unos departamentos jurídicos bastante competentes que no suelen reclamar cosas de las que no tengan alguna garantía de cobrar algo, ya sea un vehículo, una finca, alguna propiedad, dinero en metálico, etc.
Por lo tanto, vaya con cuidado y asesórese bien con un letrado, al que tendría que exponerle la totalidad del caso. Eso no se puede hacer por esta vía.
Por graves problemas personales dejé de pagar una deuda a un Banco, no muy alta, unas 300.000 pesetas de entonces, pero ahora el banco me la sigue reclamando incrementada bastante.
Constitui una sociedad limitada y compré un vehículo a nombre de esa sociedad siendo yo la única accionista. He recibido una carta del banco reclamando la cuantía, y a nombre de la sociedad. Tengo miedo que pudiesen embargar el vehículo a nombre de la sociedad, y estoy muy angustiada, podrían de verdad embargar ese vehículo o los saldos de la cuenta de la sociedad, siendo que tengo el 100% de la sociedad?