Mira, el proceso monitorio para reclamación de deudores es razonablemete rápido; presentas la demanda, y una vez admitida a trámite, se le dan 20 días hábiles al deudore para q se oponga, o abone la deuda (una vez ha sido requerido al pago). Al pasar los 20 días si no ha abonado la deuda procedes a presentar demanda ejecutiva una vez q tengas el auto despachando ejecución. Los embargos-su plazo temporal-dependen de la agilidad de tramitición del juzgado en cuestión. Antes de demandar, yo estudiaría, si es posible, la solvencia de la empresa: Bienes(vas al registro de la propiedad y es gratis verlo, si lo quieres por escrito creo q anda por 4 €). El ultimo responsable es el administrador, así q si su solvencia si es positiva lo puedes pillar por ahi, pero creo q en ese caso tendrías ya q recurrir a procedimiento ordinario
Le he brindado servicios a una empresa, la cual me adeuda facturas desde mayo de 2004. Me han recomendado enviar un Burofax para hacer el reclamo. Sí esta empresa me contesta que no tiene fondos, mediante jucio, tengo posibilidades de cobrar? ¿me podrían decir en cuanto tiempo?