En una SLL en 2006 3 administradores solidarios y al mismo tiempo socios, obtuvieron un préstamo hipotecario para la compra del local de la actividad. Un año despues, el socio-administrador presenta su renuncia al cargo y deja a los otros dos socios-administradores con el pago del préstamo que sale del trabajo diario como socios trabajadores, situandose el otro sólo como socio de participaciones de la clase general al ya no trabajar en la sociedad para que los otros sigan pagando el préstamo y éste recoger beneficios a final de año si se distribuyen. ¿hay alguna forma legal de obligarle al pago del préstamo? aunque sabemos que la personalidad jurídica de la SLL hace que sea ésta la responsable de su pago, pero si todos actuaran de ésta forma dejarian en desventaja siempre a los socios trabajadores de las SLL,s en éste tema. Gracias espero vuestra respuesta.