buenos dias, mi duda es la siguiente.
mi padre antes de fallecer contrajo una deuda con la seguridad social y hacienda por temas de la empresa que tenia. mi madre se ha hecho cargo de la deuda hasta la fecha en la que firmaron la separacion de vienes y posteriormente el divorcio. hace tres años q mi padre ha fallecido y mi madre no ha cobrado nunca su pension por dicha deuda. nos han dicho q a los cinco años esta prescribira y que podra empezar a cobrarla, ¿eso es cierto?