Acabo de recibir una reclamación por una deuda contraida con una empresa de telefonía referida a el año 2002 ( por un gasto que hize en 2002).
Recibo la reclamación a fecha de 2005 ( en marzo).
Mi pregunta es si no ha prescrito dado el paso de los años el importe de dicha deuda y por lo tanto podria legalmente librarme de hacerla efectiva.
Desconozco si a partir de una determinada fecha ya no es legal el que pretendan que se le abone o por el contrario no hay plazos y este tipo de asuntos no prescriben nunca.
Sí que prescriben, pero desde luego no ha pasado el plazo.
Las prescripciones de las deudas lo hacen a los 5 o los 15 años, dependiendo del tipo de deuda que sea, en este caso creo que es de 5 años, pero de todas formas tampoco tiene importancia, porque sea uno u otro caso, la deuda no está prescrita
Por cierto, si estás tentado a esperar hasta el 2007 para ver si pasan los 5 años, siento decirte que la prescripción se interrumpe por la reclamación, con lo cual los 5 años vuelven a contar desde la fecha de la reclamación