Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Deuda comunitaria

0 Comentarios
 
Deuda comunitaria
28/08/2018 15:03
Buenos días,

Hace unos años en mi casa se acumuló una deuda que a día de hoy ya está pagada, pero esta desde el principio tenía números diferentes de pagos a abogado y procurador según costas y ahora hemos pedido desglose de cada pago y tenemos lo siguiente:

1. Intereses por partida doble: La comunidad aprueba en la junta anual aplicar un recargo a todas las deudas. Pero luego en uno de los 3 procedimientos monitorios de propiedad horizontal que abrieron me vuelven a reclamar intereses junto a las costas sobre una cantidad (la reclamada) que ya tenía intereses.
¿Es legal que me cobren lo aprobado en la junta y además me reclamen en las costas e intereses? ¿Debo pagar una "doble imposición" de intereses?

2. Tasas judiciales: En aquel momento se pagaban tasas judiciales, pero no se si procede que yo sea el que las pague, no aparece en ninguna sentencia de costas.
(más abajo hago la pregunta)

3. Diferencias facturas letrada: En costas me reclama la abogada el coste de cada uno de los procedimientos. Pero la comunidad me apunta en mi ficha de deudas facturas de otras cantidades, ya que a dichos gastos de procedimientos se añaden gastos de: "Redacción certificación", "Gastos de correos de envío de burofax" y "Nota simple".
(abajo hago la pregunta)

Para el punto 2 y 3 ellos se escudan en que en una junta de comunidad (casualmente unos meses antes de todas las sentencias menos 1, aunque en esa también lo han hecho... carácter retroactivo como si fuera el estado esto...) aprobaron lo siguiente: "Los propietarios morosos deberán pagar todos los gastos de las reclamaciones, sean amistosas, prejudiciales, judiciales y honorarios de letrados y procuradores".
¿Es esto legal? Si se aprueba algo así en una junta ¿estoy obligado a cumplirlo y pagar todos los gastos incluso los que no se han incluido en costas?

4. Dado que los 3 procedimientos no llegarían a ningún lado por las cantidades que eran, juntaron el nº2 y nº3 para embargar.
El procurador en el procedimiento nº2 incluye en costas los gastos del nº4 (resultado del nº2nº3) es decir, perito, anotaciones etc...
Pero la letrada en esas costas incluye únicamente lo del procedimiento nº2. Y luego hay una factura extra por la cantidad de 600€ con el motivo "Procedimiento de ejecución".
Yo no se si este es un trabajo que debería estár incluido en el proceso nº2 y nº3 ya que del nº4 directamente sale sentencia... pero me llama la atención que la letrada no quiera incluirlo en costas con los procedimientos principales (nº2 o nº3) y el procurador sí que lo haga.
¿Es correcto esto? ¿Tiene que cobrar por juntar los 2 casos en una factura a parte?