La respuesta a lo del monitorio es no. Si el monitorio se refiere a una deuda anterior a esos tres años, se acumula a dicha deuda y por tanto también es anterior a ese tiempo.
Saldada ls deuda del año corriente y los tres anteriores, Vd. no es moroso. En realidad tampoco lo es mientras no se salde la deuda, responde con su inmueble pero la deuda es del BBVA.
Moroso porque tengo que serlo si pago la deuda que segun el (artículo 9.1 e) de la LPH) indica, que corresponde a la anualidad corriente, y a los 3 años anteriores.
De todos modos contactare visita con un abogado para que ponga al corriente.
Gracias
Llevo 9 años de alquiler, el propietario no paga la hipoteca y lo embarga el banco, se ponen en contacto conmigo el BBVA y compramos el piso, el dia de firma se presenta BBVA sin el documento de la comunidad conforme están al corriente de pago, yo se de antemano que hay deuda desde hace 5 años, según el notario nos solicitaran año en curso y los 3 años anteriores, en la escritura se hace constar que cualquier deuda pendiente a día de firma corresponde al BBVA.
Hable con un gestor del BBVA y me dijo que una vez me llegue carta de la comunidad requiriendo el pago de los 3 años anteriores más el año en curso se los remitiera a ellos que harían el pago.
Mi duda es la siguiente:
Una vez pagado la deuda de los 3 años anteriores y año en curso
¿el administrador de finca puede solicitarme pagar los costes del procedimiento monitoreo del anterior propietario BBVA ese procedimiento es de una deuda anterior a los 3 años que me pertenecían o NO? ¿realmente me pertenece pagarlo?