En primer lugar, si un propietario tiene varios pisos en el inmueble tiene un sólo voto. El voto es por propietario, no por piso, lo que sucede es que en algunos asuntos la LPH establece que haya doble mayoría (por votos y por % de participación).
En segundo lugar, cada piso debe contribuir a los gastos según el coeficiente que tiene establecido en la escritura de división horizontal (y que figura en cada escritura individual). Para cambiar esto se necesita un acuerdo por unanimidad.
Por tanto, aquella votación de 11 a 5 si tuvo los 10 votos de la promotora debería haber sido de 2 a 5, aunque como ya le he dicho habría requerido de unanimidad para su aprobación.
El problema es que para haber invalidado ese acuerdo y cualquier otro que se haya tomado sin respetar las mayorías, es que se tenía que haber impugnado en el plazo de un año.
En cuanto a su responsabilidad, la LPH establece que el nuevo propietario responde de la anualidad en que compra y de las tres anteriores, pero referido a cuotas debidas a la comunidad. En este caso no habría tales deudas, sino un déficit que se arrastra desde hace tiempo.
El problema es que tarde o temprano, la comunidad tendrá que solucionar el problema bien por propia iniciativa, o bien porque algún acreedor les demande y se les condene al pago, y entonces tendrán que aprobar o un aumento de cuotas o una derrama para hacer frente a esa deuda y entonces sí que estaría vd. afectado a ese pago ya que las derramas corresponden al propietario del piso en el momento en que se han de pagar.
Queria hacer una consulta ya que he adquirido una vivienda recientemente y me he encontrado con una situación peculiar.
He comprado hace unos dias un piso en un edificio nuevo, donde somos 6 vecinos propietarios, 2 vecinos de alquiler (al promotor) y 8 pisos vacios (del promotor tambien).
Aclaro esto porque de cara a votaciones somos 6 a 10 en inferioridad.
Mi piso se encuentra al dia de pagos de las cuotas comunidad, pero la comunidad es deficitaria, cada mes aumenta su deuda negativa.
Debemos dinero a empresas externas, ascensor, luz, limpieza, administración de fincas,etc...
El motivo es que se voto (11 a 5 entonces) que la promotora al no hacer uso de la zona comunitaria de la misma forma que los propietarios, pagaria unas cuotas de comunidad reducidas.
Al reducir la aportación de estas 11 viviendas, se gasta mas de lo que entra. Estan al dia de pagos de estas cuotas reducidad que se autoimpusieron, su voto es valido.
Actualmente me han comentado que hay una deuda que ronda las 5 cifras.
Mis consultas son basicamente tres:
1-Es legal que ellos paguen menos, cuando en la escritura de todo piso pone el tanto por ciento de aportación a la comunidad?
2-Tengo yo parte de responsabilidad de esta deuda atrasada comunitaria? o de la que se genere desde que soy propietario?
3-En caso de tener responsabilidad y tener que afrontar estos pagos, me toca la misma proporcion a mi, que el que lleva 6 años alli? teniendo en cuenta que el ha disfrutado durante este tiempo de unos servicios y yo no?
Gracias por vuestras futuras respuestas y arrojar algo de luz sobre estas dudas.
Aclarar que ya se han tomado algunas medidad de austeridad par evitar que el baco se hunda tan deprisa.