Buenas! A ver si podéis darme algo de luz... Resumo: Tres amigos abren un bar restaurante, para ello forman una comunidad de bienes. Dos se encargan del bar y el otro, el cocinero, del restaurante. El cocinero, harto de que los otros dos no atiendan el negocio, decide dejarlo, y tras marcharse el negocio continua abierto tres meses mas, luego se cierra.
Un año mas tarde, en 2015 firman la extinción de la comunidad, con deudas a proveedores de la parte del bar, Hacienda, Seguridad Social, etc. Como los dos socios que llevaban la parte del bar tienen otro, quieren solucionar esto porque los proveedores les están insistiendo en que paguen las facturas pendientes, y quieren que se hagan cargo los tres comuneros a partes iguales. El cocinero alega que a el se le deben tres meses de sueldo, y que las deudas son causa de la mala gestión de los otros dos, a los proveedores del restaurante que el atendía no se les deba nada. Propone que se vendan los muebles del bar, y con eso conseguir liquidez para pagar las deudas. Renuncia a su parte de beneficios por la venta de estos y a los tres meses de sueldo (con lo que estaría saldada su parte), y así quedar apartado del tema. Los otros dos comuneros, se llevaron muebles para su uso y disfrute, para el otro bar que montaron...
Mis preguntas son: ¿Sería una solución lo que propone el "cocinero"?¿Qué puede hacer para no pagar? ¿La responsabilidad es solidaria? ¿Cada uno responde solo en función de su cuota?
Muchas gracias de antemano.
Un saludo