buenas tardes:
En el 2003 contrate una poliza de credito con una entidad bancaria a nombre de una empresa que quebró en el 2004, pero que tres socios actuamos como avalista. En septiembre de 2011 (ocho años despues); se me comunicó vía burofax que mantenía una deuda con esa entidad por un importe que no coincidia con la poliza de crédito que suscribimos. A ese burofax contesté via correos con acuse de recibo, que teniendo una duda con esa póliza me enviara icha póliza así como cualquier documento para poder comprobar que eso era cierto. ME LLEGÓ EL ACUSE DE RECIBO Y NADA MÁS, QUE HASTA HOY ME LLEGA Una orden de notificación de un juzgado (monitorio) para que pague en 20 días la deuda más los intereses desde el año 2003 que si el crédito era de 18.0000€ ahora me piden 54000,00 €, m´s costa, más etc., etc, etc. Junto a la demanda se adjunta un aviso de telegrama devuelto por no haber nadie en el domicilio, (el día de nochebuena de 2011), examinando la copia del telegrama observo que la fecha que dice el telegráma que se firmó el credito no coincide con la que realmente se firmó, (seguramente un error). Estoy liado y preocupado pues varias dudas me invaden:
1ª La deuda ha prescrito al no tener noticias en nueve años?
2ª Ha obrado el banco con mala fé al no remitirme la documentación solicitada, ni dar respuesta a mi escrito y demanadrme exigiendome 35.000 € más?
3ª Que la fecha que dice el telegrama que se firmó el credito no es la misma por ocho meses que la que realmente se firmó influiría positivamentye en algo para mí?
Respondo:
1. No ha prescrito de aplicarse el plazo general de 15 años de las acciones personales.
2.Los bancos sulen actuar con mala fé y abuso de derecho.
3.Será un error de hecho y probablemente irrelevante.