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Deuda bancaria ejecutada

1 Comentarios
 
Deuda bancaria ejecutada
25/01/2022 16:35
Buenas tardes, os comento el tema para ver si podéis arrojar luz sobre este tema.
Hace 22 años (2005) se pide un préstamo bancario para una empresa. Avalado por el administrador y tres personas más. Con la crisis el préstamo se deja de pagar y la empresa deudora desaparece. En 2015 la entidad bancaria presenta demanda en el juzgado y el juez da la razón a la entidad bancaria y obliga a los avalistas a pagar la deuda. Los avalistas no pueden asumir la deuda y el juez ordena el embargo de bienes y nóminas. Dicha ejecución no se puede realizar porque los avalistas no tienen ni bienes ni nóminas.
Que pasa con esa deuda? Prescribe, se suspende? Gracias de antemano.
25/01/2022 19:46
La ejecución no prescribe jamás ni se suspende judicialmente. Solo el ejecutante (el acreedor) está facultado para pedir el archivo al Juzgado. Si los ejecutados (los que avalaron la deuda) no tienen nada, no se les puede embargar nada y por tanto el asunto queda pendiente hasta que alguno mejore fortuna. Puede que no tengan nada el resto de su vida, y quizás cuando mueran sus herederos sí tengan algo y acepten la herencia, y con ella la propia ejecución. Si no es así, si no tienen nada y los herederos renuncian a la herencia, la ejecución desaparecerá para siempre.