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Deuda arrendamiento anterior a divorcio propietarios

3 Comentarios
 
Deuda arrendamiento anterior a divorcio propietarios
09/02/2017 17:02
Buenas tardes,

Desde principios del año 2009 hasta julio del 2011 vivi arrendado en una piso de Cantabria perteneciente a un matrimonio.

Por mi situación económica hubo meses que no les pude abonar y en julio del 2011, a petición de uno de los cónyuges, abandoné el inmueble, sin denuncia ni desahucio ni nada.

Acordé, verbalmente, que en cuanto mejorara mi situación económica procedería al pago, aunque fuera aplazado, de la deuda, lo cual aceptaron sin ningún problema.

Uno de mis problemas económicos es la pensión de mis hijos. Ahora el mayor ya ha empezado a trabajar y estoy a la espera de la sentencia judicial que levante el embargo de mi nómina.

Los cónyuges se divorciaron unos meses después de yo dejar el inmueble.

Actualmente me reclama el pago de la deuda uno de los conyuges, el total, ya que sabe lo de la pensión de mi hijo mayor, aunque aún estoy a la espera. Tengo la ratificación del acuerdo de modificación de medidas el próximo día 14 de febrero en Madrid.

Me surge una duda en todo esto. Dado que la deuda es anterior al divorcio de ellos dos, ¿no sería lo correcto abonar el 50% a cada uno de ellos?

Tengo la impresión de que el conyuge que me reclama la deuda (toda), lo hace a espaldas del otro, supongo que con la intención de cobrar el todo el importe.

¿Puego exigir abonarle a él su 50% y el otro 50% a su cónyuge?

Gracias de antemano.
09/02/2017 17:40
Galadras
En principio puede reclamar el 100%, ya que lo más probable es que en el momento del alquiler el matrimonio estuviera en gananciales y esos ingresos serían de los dos.
De todas formas creo que en su caso la baza que debe jugar es la de la prescripción de la deuda o mejor dicho de la acción para reclamarla, que es de 5 años. Si la deuda es del 2011 esa deuda está prescrita y no tiene que pagarla.
09/02/2017 17:58
Galadras
Gracias por su respuesta.

Respecto a la prescripción, dado que yo siempre estuve dispuesto a pagar la deuda cuando pudiera (no mencioné que su exconyuge es compañera de trabajo y él se supone que era amigo), hace algo más de tres años su abogado me remitió un burofax, que recogí. La pifié, pero no vi el problema posterior.

Y digo yo, ¿justamente por estar en régimen de gananciales no les correspondería el 50% a cada uno? ¿O tal vez pudiera depender de cómo se reflejara en la liquidación de dicho régimen?

Gracias de nuevo
09/02/2017 20:33
Galadras
El reparto al 50% es algo que ocurre entre ellos, no entre Ud. y ellos. Es una cuestión interna al matrimonio en la que Ud. no puede entrar.