Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

deuda alquiler

3 Comentarios
 
Deuda alquiler
18/04/2007 14:41
hola,quiisiera que alguien me orientase:
tengo una casa en alquiler de renta antigua,posteriormente a ese alquiler se partio la herencia de mi padre,tocando un 90% de la casa a mi y un 10% a mi hermano(un pequeño patio que tiene la casa). de esto hace 20 años, y ahora me dice que le tengo que abonar los alquileres correspondientes al 10% que tiene de casa.
me gustaria saber si esto es asi,y por otro lado desde que año tengo que abonarselo,los 20 años?
gracias
perfil Jan
19/04/2007 10:13
Hola iosif. Tanto usted como su hermano son copropietarios de la vivienda alquilada por lo que su hermano debería haber percibido la parte proporcional del alquiler(10%).

Sin embargo,si durante estos 20 años nunca le ha reclamado a usted de forma fehaciente su parte,su hermano ha perdido el derecho a reclamarsela por prescripción extintiva(art 1964 Código Civil).

Salvo mejor criterio. Un saludo

19/04/2007 17:44
hola
ante todo gracias por la respuesta ,pero expongo otra vez el caso,creo que no hablamos de lo mismo.
-me toco el 90% de una casa por herencia.
esta casa estaba ya y sigue estando alquilada a una persona,con lo cual esta persona siguio pagando un alquiler que antes pagaba a mi padre,yo lo he estado cobrando durante 20 años.
_el otro 10 % de la casa es de mi hermano,y como durante estos 20 años el inquilino no le pago renta,me exige que le page yo el 10% del alquiler que yo he recibido durante todos estos años.
mi pregunta es: cuantos años le tengo que pagar yo?
gracias de antemano
perfil Jan
19/04/2007 18:35
Hola iosif. En realidad creo que sí estamos hablando de los mismo. Ambos tienen derecho a percibir las rentas derivadas del arrendamiento de la finca(vivienda)pero de forma distinta: usted el 90% y su hermano el 10 %,ambos como copropietarios de la vivienda aunque sea únicamente usted el que conste como Arrendador(por subrogación en la posición de padre)

Me equivoqué al decirle en que el derecho de su hermano a reclamarle el 10% de la renta del alquiler había prescrito,aunque en realidad sí ha prescrito,por decirlo de alguna forma,"parcialmente", pues su hermano,si hace 20 años que ustedes heredaron la vivienda arrendada, tiene derecho a percibir el 10% de las rentas cobradas por usted desde los últimos 5 años.

Salvo mejor criterio. Un saludo.