Buenas le escribo porque un numero X me llama y me dice de llamar a este numero394515668 para pedir ayuda x un abogado. me llama amenazandome de que me embargaran la cuenta, cortaran luz y que si tengo alguien de mi familia en mi cuenta le embargan la nomina.
Motivo :ellos (gas fenosa), exige un pago en su totalidad igual a 2500€ por facturas impagadas.
Me niego porque el periodo en que exigen esas facturas era el periodo en el cual el contador no funcionava y dava fallo. En su momento levante reclamaciones y pedi intervencion de tecnico que nunca se presentò.
Permanecio en fallo hasta que me fui de ahi.
GANE LA primera reclamacion donde me dicen que me van a devolver parte de dinero pero en lugar de darmelo lo van a guardar en caso se presente nuevamente la problematica. ABSURDOO. Asi realize mas reclamaciones .
hoy me llaman amenazandome de que me van a embargar y me van a retirar el contador yo. Ya no vivo allì. Y lo unico que tengo a mi nombre es una cuenta donde no hay ingresos porque soy madre de dos hijos y momentaneamente no trabajo.
MI PREGUNTA: PUEDEN embargarme la cuenta no siendo una oficina publica (ayutamiento, tributario o seg. Social) ??
Yo y marido compartimos cuenta pueden embargarle la nomina sin aviso judicial con tan solo una llamada de un numero privado?
Quiero especificar que la cuenta que compratimos es por firma pero los datos bancarios son diferente. El tiene sus voordinadas bancarias y su tarjeta y yo mis coordinadas y mi tarjeta.
Ya lo hemos dicho varias veces, los únicos que pueden embargar son las administraciones públicas, Ayuntamientos, Diputaciones, AEAT, juzgados, etc.
Los Ayuntamientos embargan cuando se ha notificado un apremio y no se ha pagado, un juzgado embargará cuando haya un título ejecutivo, hasta entonces, pasa de estos recobradores, lo único que pueden hacer es molestarte por carta o teléfono y meterte en la lista de impagados, tipo asnef.