Creo que la idea es buena, un perito APi deberá tasar las plazas de parking y compararlas con otras de igual superficie y situación, ya sea del mismo edificio o de la zona que las circunvala y establecer la minoración en el valor de las mismas por esos defectos constructivos.
Como bien indicas, si tu defendida goza del beneficio de justicia gratuita, tendrá igual derecho para el perito. Un saludo.
En sentencia por defectos constructivos, entre una larga relación de obligaciones a hacer, el contenido de la sentencia (favorable a los intereses de mi representada) condena a la promotora a “indemnizar en la cantidad que se determine en ejecución respecto del menos valor causado” a dos plazas de garaje (en las que se instaló una caja de instalaciones; se pueden usar las plazas pero el hecho de que la caja de instalaciones esté allí podría generar alguna incomodidad y menor valor en caso de venta o alquiler).
¿Y en cuánto le tendrán que indemnizar? EN LA CANTIDAD QUE SE DETERMINE EN EJECUCIÓN respecto del menor valor causado a las plazas de garaje.
Me he empatanado….!!!!!!!!!
Empecé haciendo una demanda de Ejecución de Sentencia, en la que iba a solicitar el nombramiento de perito judicial (es una clienta de justicia gratuita y por tanto entiendo que tiene derecho a que se lo asignen).
No sé en qué momento me fui al art. 717 LEC (petición de determinación del equivalente dinerario de una prestación no dineraria). PERO… acabo el escrito y…. ¿¿¿qué hago??? Esto no puede ser…!!!
Es una prestación dineraria “por determinar”… ¡¡no sé que tengo que hacer!!
Si alguien tiene una idea, lo agradeceré.