Hola. Soy estudiante y agradecería que alguien me pudiese explicar con algún ejemplo la determinación de la pena superior en grado, la inferior en grado, la mitad superior y la mitad inferior, tengo un lío tremendo en mi cabeza.Gracias.
La duda que planteas, muy frecuente en los estudiantes de derecho y no menos frecuente entre los abogados, puede presentar variedad de matices que sería imposible desarrollar aquí. Yo utilizo unas tablas que son de gran utilidad, su autor es Fco. Pastor Alcoy, las edita la Editorial Práctica de Derecho y se titulan "Las tablas del Código Penal con las penas ya calculadas". Ahí te vienen las penas superiores e inferiores en grado, mitad superior e inferior, sustitución de penas privativas de libertad, días-multa, prescricpción y libertad condicional.
Tomaremos como ejemplo un homicidio. El Código Penal tiene prevista una pena de entre 10 y 15 años para el mismo.
a) Cálculo de la mitad inferior y de la mitad superior.
La mitad de ese intervalo es 12,5. Por tanto, la mitad inferior para el referido delito se situará entre 10 y 12,5 años. Y la mitad superior, entre 12,5 y 15 años. Buscamos, pues, la mitad superior o inferior del intervalo previsto en el Código como pena para el delito que nos interese.
b) Cálculo de la pena superior en grado.
La pena con la que trabajamos es un intervalo: entre 10 y 15 años. Para calcular la superior en grado nos vamos a su extremo máximo: 15 años. Ese será el extremo mínimo de la nueva pena (la superior en grado). Para calcular el extremo máximo cogemos esa misma cifra (15 años) dividimos entre dos (7,5 años) y se los sumamos, obteniendo en este ejemplo práctico la cifra de 22,5 años. Así pues, la pena superior en grado sería entre 15 años y 22,5 años. Si quisieras calcular la superior en grado de esta nueva pena seguiríamos el mismo procedimiento: entre 22,5 años y 33,75 años (...).
c) Cálculo de la pena inferior en grado.
La pena con la que trabajamos es un intervalo: entre 10 y 15 años. Para calcular la inferior en grado nos vamos a su extremo mínimo: 10 años. Ese será el extremo máximo de la nueva pena (la inferior en grado). Para calcular el extremo mínimo cogemos esa misma cifra (10 años), dividimos entre dos (5 años) y se lo restamos, obteniendo en este ejemplo práctico la cifra de 5 años. Así pues, la pena inferior en grado sería entre 5 años y 10 años. Si quisieras calcular la inferior en grado de esta nueva pena seguiríamos el mismo procedimiento: entre 2,5 y 5 años (...).
El procedimiento para estos cálculos es sencillo y mecánico. Si haces estos mismos cálculos gráficamente con cualquier otro ejemplo te darás cuenta. El problema es que la explicación con palabras -tal como viene en el Código- resulta un tanto sórdida y confusa. Menos directa, en definitiva.