Se trata de un beneficiario de justicia gratuita que ha sufrido un accidente de tráfico en septiembre de 2015 (antes de la entrada en vigor del actual baremo).
El tratamiento médico, la rehabilitación y las pruebas diagnosticas han sido sufragadas por la aseguradora el vehículo contrario. Se cuenta con un informe médico del traumatólogo que lo vió, pero no está valorado según el baremo aplicable en el momento que ocurrió el siniestro.
Dado que no se cuenta con esa valoración, ni tampoco puede pagarse un informe privado, la cuestión es determinar de que forma se puede plantear la demanda sin que se cuente de inicio con este dato tan importante.
Buenas, antes de interponer la demanda entiendo que has realizado la reclamación previa del art. 7, cierto? si tienes la oferta motivada de la compañía puedes solicitar valoración en el IMLF con cargo a al compañía.
Si no tienes oferta motivada, entiendo podrías indicar en la demanda que la valoración se cuantificará en la práctica de la prueba, y mediante otrosí, vía art. 339.1 LEC solicitar designación de perito para la practica de la prueba pericial médica, ya que el demandante es beneficiario de justicia gratuita.