Agradecería que alguien me aclarare una duda que tengo sobre un detenido por reclamación de delito de terrorismo por algún juzgado Central de Instrucción.
Mi pregunta es: ¿Cuando se detiene a este tipo de detenidos, se entrega primero antes de entregarlo en el Central de Instrucción en el Juzgado de Instrucción de Guardia de la demarcación donde se realiza la detención?, o ¿por el contrario se entrega directamente en el Juzgado Central de Instrucción de la Audiencia Nacional que expidió la requisitoria, sin pasar por el Juzgado de Guardia territorial donde se realizó la detención?... Muchas gracias, espero vuestra respuesta.