Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Detencion

3 Comentarios
 
perfil dp
30/06/2006 20:04
No vienen tasados. Ahí cada uno podrá hacer de su capa un sayo, aunque siempre RACIONALMENTE.
30/06/2006 19:16
Gracias por tu constación DP, pero lo que pregunto es precisamente los motivos que pueden fundamentar esa creencia.
perfil dp
30/06/2006 17:04
El art. establece ".. a juicio de la Autoridad o agente que intente detenerlo, para presumir racionalmente que comparecerá cuando le llame el Juez o Tribunal..", lo cual deja a la libre discrecionalidad de éste, que siempre deberá fundamentar convenientemente.
En resumen, es el agente el que "juzga" RACIONALMENTE esa posible incomparecencia. No se le puede pedir que posea dotes adivinatorias futuras (en cuyo caso haría primitivas) pero sí que, al menos, enumere y fundamente los motivos por los que tiene tal creencia.
Detencion
30/06/2006 16:41
A ver si alguien me puede aclarar una duda.
La detencion que efectua la policía en base al art. 492.4 de la LEcrim. exige la presuncion de incomparecencia ante un llamamiento judicial.¿ Que casos justifican esta presuncion de incomparecencia? Gracias.