Muy ilustrados los casos expuestos po lagunalegal, .-
La doctrina del Tribunal Supremo señala dos elementos para que se de la figura de detención ilegal, primero uno Objetivo ( que es el de encerrar o detener a una persona privándola de libertad, siendo esa privación de libertad ilegal y por otro lado Subjetivo ( que es la voluntad del sujeto para privar a sus víctimas de toda libertad, siendo un delito intencional a todas luces.-
Derecho fundamental: Que es la libertad de circulación (deambulatoria), que tiene toda persona, consagrada en la constitución española.-
En cuanto a la acción tipica de este delito, es cuando se priva al sujeto de moverse de un lado para otro, en definitiva una restrición deambulatoria; asi como cuando se le inmoviliza mediante intimidación o fuerza. Esta acción tipica requiere que el sujeto activo actue con la finalidad primordial de privar a la víctima de su libertad deambulatoria.-
En las detenciones ilegales no cabe la comisión por imprudencia, no se requiere necesariamente violencia o intimidación y su diferencia con las coacciones es que en estas últimas se exige necesariamente violencia.-
UN SALUDO.-
Por particulares:
Coges a tu chico/a, vecino, cartero, frutera y la metes en un cuarto a la fuerza y la cierras... Dependiendo del tiempo que tardes en abrirle la puerta se aplicaría uno u otro tipo.
Otra modalidad; ves que alguien comete un delito y vas a por él, lo coges pero no lo entregas a la poli inmediatamente. No se, te lo metes en el coche atado y mientras te vas a hacer un recado ( algo surrealista, es cierto..)
Por funcionarios;
Un poli que detiene a un sujeto sin motivo alguno. Bien para fingir que se estaba cometiendo un delito por lo que sea o porque se le vino en gana.
Buenos días a Tod@s, soy nuevo en el foro y quisiera saber si alguien conoce o es capaz de definir en breves palabras la detención ilegal por particulares o autoridades, algo sencillo y breve.