Tengo un problema ya que creo que puedo incurrir en desviación procesal. Os resumo la cuestión:
- En vía administrativa solicitábamos:
* La declaración de la ruptura del equilibrio económico financiero de la concesión administrativa.
*Concesión de una subvención anual para restablecer dicho equilibrio
*Subsidiariamente, en caso de que el pedimiento b) anterior sea rechazado, y sin perjuicio de las accionees legales que esta entidad pudiera entablar, proceda a la declaración de la resolución del contrato, previo o simultáneo, pago del importe de la inversión realizada e indemnización de los daños y perjuicios.
- En el suplico de la demanda del recurso contencioso administrativo queremos pedir, primero la resolución del contrato con pago de indemnización, puesto que no se declaró la ruptura del equilibrio ni se concedió la subvención, y subsidiariamente la reiterar la declaración de ruptura de equilibrio y concesión de subvención.
Entiendo que no debería existir desviación procesal puesto que no son cuestiones nuevas, además que todas están conexas e incluso nuestra petición de ahora es consecuencia de que no nos hicieron caso a la petición en vía administrativa,simplemente cambiamos el orden pero me "huele mal, ¿alguna vez habéis hecho algo parecido, es decir, hacer principal una petición que era subsidiaria en via administrativa y cuantificar en via judicial una indemnización que no cuantificamos en vía administrativa (aunque sí la solicitábamos subsidiariamente)?
Muchas gracias!