A principios de este año 2020 registré una nueva marca comercial para un producto nuevo. Al cabo de unos pocos meses me contactó una empresa de mi mismo sector y me pidió que dejara de utilizarlo, dado que mi nombre se parecía al suyo. Al cabo de unas semanas de intentar negociar y de explicarles que aunque estubieramos en el mismo sector nuestro segmento de mercado era totalmente distinto, me amenazaron con denunciarme por dilucidación de marca si no renunciaba a ella.
Al final opté por renunciar a mi marca, debido a que era un producto nuevo y todavía no me generaba el suficiente beneficio como para afrontar una demanda.
Recientemente, y después de haber renunciado a ese nombre, me ha vuelto a contactar dicha empresa. Me piden que les entregue los 3 nombres de dominio de internet con los que yo operaba. Les he explicado que dado que renuncié al nombre esos dominios de internet ya no significan nada para mí y que no tengo intención de usarlos, sin embargo insisten en pedirmelos.
La realidad es que yo no quiero esos dominios para nada, pero me fastidia tener que entregarselos sin más así porque sí después de haber renunciado yo a mi marca.
Mi pregunta es, ¿tienen ellos alguna base jurídica sobre la cual exigirme que les entregue dichos dominios? ¿Es ilegal que yo tenga esos dominios, sin uso, a pesar de que se parezcan a una marca comercial registrada?
Buenas tardes. Si bajo esos dominios que Vd. tiene registrados no está alojada ninguna web, estos no pueden ser asociados a ningún tipo de producto o servicio y por lo tanto no pueden infringir ningún derecho marcario. Las marcas suelen registrarse en función de un producto o servicio determinado y Vd. podrá utilizar sus dominios de Internet para cualquier producto o servicio que sea suficientemente diferente de cualquiera de los que se distinguen con una marca parecida al nombre de los dominios. No hay base jurídica para obligarle a entregar esos dominios, Eso si, si no los va a utilizar y otro está interesado, los puede vender.
Buenos días. Ahora me surge a mí una duda. Si no aprovecharon el plazo que da la OEPM para oponerse, y si no pertenecen al sector ni tienen marca notoria, no tienen legitimación para demandar, ¿es cierta mi suposición? No hubieran ganado la supuesta demanda, ¿no?