Hace meses que nos nos hemos separado de mutuo acuerdo ,legalmente , con todos los tramites terminados y con ratificacion del juez . ¿Me puede pedir ella una pension compensatoria ahora ? aunque ya hace meses que en el acuerdo no pidio nada de pension compensatoria. Ella trabaja , es funcionaria.
Bien, Mario, en principio en el acuerdo que habeís firmado y que ha sido ratificado judicialmente debería figurar, si así lo estiman oportuno las partes, dicha pensión compensatoria, de no hacerlo, es porque consideraís que no existe desequilibrio económico como consecuencia de la separación. Ésta busca mantener un cierto nivel de vida parecido al que existía cuando había matrimonio...De este modo, hay jurisprudencia que afirma que si no se ha fijado con anterioridad, no se podrá pedir posteriormente...
En efecto, para establecer el derecho a pensión se tiene en cuenta la existencia de desequilibrio económico entre los cónyuges en el momento de la separación, si en el acuerdo no se establece se entiende que hay un reconocimiento de que tal desequilibrio no existe y por tanto se renuncia tácitamente a lapensión, así luego no se puede reclamar alegando un desequilibrio sobrevenido despues de la separación.