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Después de haber ganado un juicio ¿esto es lo normal?, busco respuestas.

1 Comentarios
 
Después de haber ganado un juicio ¿esto es lo normal?, busco respuestas.
13/03/2019 17:36
El año pasado por estas fechas (marzo 2018) gané un juicio. El demandado debe de pagarme un dinero que le presté. Habiendo una sentencia firme, pasado el mes que tiene para recurrir (sin hacerlo).....¿ por qué no he empezado a cobrar nada? No lo entiendo y siento que me están dando largas continuamente.
Le comenté a mi abogado que tenía propiedades, me dijo que perfecto, que se le podrían embargar y si intentaba zafarse cambiando la titularidad que no me preocupase porque seria un delito. En varias ocasiones le he preguntado si ya estaba al tanto de sus bienes, si ya había procedido a investigarle y su respuesta es que sí, pero esos informes tardan mucho tiempo y que en cuanto lo tuviese me avisaba (a día de hoy sigo esperando sus noticias).
Cansada y frustrada, me puse a indagar en la pagina oficial de registradores y resulta que (previo pago) esa información se puede solicitar y el informe demora 3 horas, como mucho, un par de días ¿por qué a mi abogado le hacen esperar meses?
¿Qué es lo que está pasando?
También le informé de que se encontraba trabajando en un hotel y podría estar dado de alta en la seguridad social, pues su respuesta fue que, había dado la orden al juzgado para que lo investigasen y que me mantuviese a la espera hasta nuevo aviso........y así estoy a la espera de noticias que nunca llegan.
¿Es posible que mi abogado se esté aprovechando de mi ignorancia?¿con que interés?
La semana pasada mandé una carta certificada al secretario judicial y estoy esperando su respuesta ¿Habrá respuesta?¿el secretario judicial tiene la obligación de contestarme? ¿cuál es el plazo? ¿he hecho lo correcto contactando con el?
Si alguien pusiese orientarme sería de gran ayuda, gracias de antemano
13/03/2019 18:25
Prao
Hola Prao,
Ha de presentar usted una demanda ejecutiva, adjuntando la sentencia firme. En esta demanda se pide el embargo inmediato de todos los bienes y se puede adjuntar una lista de los mismos para que el Juzgado acuerde su embargo en concreto. Este Juicio es un Juicio nuevo, distinto del anterior, que tiene su propio número y sus incidentes peculiares. Sin demanda ejecutiva no hay embargo, y tenga cuidado: dispone de 5 años para presentarla desde que la sentencia es firme. Los Juzgados no mantienen correspondencia con nadie, y se remiten siempre a los representantes legales del ciudadano (abogado y procurador) por lo que esa carta posiblemente no obtenga respuesta, y a usted no le hace falta que el secretario le diga nada para poner una demanda. En cuanto a su abogado, la confianza es un vaso que cuando se rompe en mil pedazos no se puede volver a unir, por lo que se trata de una decisión personal de usted.