Buenas tardes:
Hace unos días tuvimos que desplazarnos a una reunión en un centro de trabajo que, aunque perteneciendo a la misma empresa, está a 400 km. de distancia.
Mi pregunta es: ¿tenemos derecho a que nos paguen como extraordinarias las horas del viaje? Nuestro horario de trabajo es de 9.00 a 17.00. El tren salió a las 6.30 h. y regresó a las 20.00h.
Muchas gracias.