El estar en situación de baja laboral, y si no han transcurrido mas de un año en dicha situación, el asegurado no puede desplazarse a otra localidad, sin autorización expresa de la Inspección Médica del Servicio Público de Salud (correspondiente a cada Comunidad), pq podría ocurrir, que sea citado en dicha Inspección durante ese período, y al no comparecer, se expide Alta por Incomparecencia.
Por supuesto que existen permisos para desplazamientos temporales, depende en muchos casos de la patología que presente el paciente, pq si le han recomendado reposo, ya me dirán que hace viajando por ahi......pero por supuesto hay casos como por ejemplo: Motivo familiar grave (fallecimiento de familiar), viajar para consulta médica, etc.....que se suelen AUTORIZAR. Cuando ese desplazamiento es definitivo a otra localidad, se llama TRASLADO, se le da el alta en la localidad de origen y se activa nuevamente su baja en la localidad de destino.
A partir del año en situación de IT, es competencia exclusiva del INSS el control de dicha baja, ya sea para dar, prórroga de 6 meses, alta médica o iniciar expte. de incapacidad pte.
De querer desplazarse tras 12 meses de baja, habría que ir al INSS, y comentarlo, para q no coincida con la cita.
Les recuerdo, que tras 12 meses de baja, ya no hay partes de confirmación semanales, por lo que se tiene mas libertad de movimiento, pero....no olvidar que habrá un reconocimiento por parte de los Serv. Médicos del INSS, y de no comparecer, extenderían una Resolución de suspensión de prestaciones económicas. Salvo mejor criterio. Saludos para todos........
si la enfermedad no requiere reposo en cama.se puede desplazar por todo el territorio español,siempre que no te desplaces para hacer deportes o fiestas pero por lo demas mientras cumplas con los partes ,visitas medicas,etc.Esto quiere decir que te puedes mover lo contrario seria secuestro por parte del estado.
gracias marianosana,el problema es que al sobrepasar los 12 meses de baja el medico de cabecera ya no extiende mas partes de baja,todo se queda en manos de la inspeccion medica.Pero ¿como hiciste la consulta al servicio de inspeccion del INSS?.¿Hay que ir ayi y exponer el caso?.
Yo hice la consulta al servicio de inspección del INSS y me dijeron que ya no se conceden permisos, que la única obligación del trabajador que está de baja es ir a recoger el parte todas las semanas, el resto queda en una especie de vacío y cada uno puede hacer lo que crea oportuno, de todas formas mejor comentarlo con el médico que extiende los partes de baja.
Hoy el medico del EVI (Sevilla) me propuesto para una invalidez, tras 12 meses de baja.
Por otra parte mi mujer está trabajando en Mallorca y será para algunos meses, con mis dos hijos.
¿Alguien sabe si puedo o tengo derecho a trasladarme con ellos durante el proceso de resolucion de mi expediente, y en tal caso quien ha de darme permiso o lo que proceda?
Llevo casi 13 meses de baja por enfermedad,estoy esperando la resolucion para que me concedan la prologa de los 18 meses.Quisiera desplazarme con mi familia unos dias,pero no se si puedo.Segun parece ni el medico de cabecera,ni el traumatologo que me lleva(me operaron en junio de un pie y estoy en recuperacion)tienen ya influencia sobre mi;puesto que es el INSS el que se va a hacer cargo.En caso afirmativo¿Quien me da el permiso?,¿Corro algun riesgo?,¿Tengo que hacer alguna tramitacion?.Espero vuestra repuesta.Gracias.