Hola a todos. Necesito ayuda urgentemente, porque como soy nueva en esto, me supera la situación que se está produciendo con uno de mis clientes. El tema es el siguiente:
Mi cliente no puede mantener los costes de sus trabajadoras, así que les ofrecer reducir su contrato a tiempo parcial. Ellas no lo aceptan, por lo que se procede a despedirlas objetivamente por causas económicas. Está bastante probado, sólo hay que ver las cuentas de mi cliente.
Ellas no quieren firmarle la notificación del preaviso. El despido será efectivo el 16 de julio, pero hoy no han ido a trabajar ninguna de las 2, y un hijo de una de ellas presenta baja de ambas por depresión. Alucinante!!!
El caso es que como estaban despotricando contra el empresario con los clientes, pensábamos darles vacaciones que se les debían desde hoy hasta la fecha del despido. Pero esto de la baja no se en qué lugar nos deja. Alguien puede echarme una mano, por favor???
Necesito que me orienteis sobre si es lógico todo esto, si se puede demostrar que la baja es demasiado sospechosa, o si tenemos que tragar con todo lo que están haciendo estas arpías.
Por favor, que alguien me ayude!!!!!!!!
Gracias.
Buenas,
Si ellas no quieren firmar, habría que haber acogido a testimonios conforme se les leerá el contenido de la carta, así ellas no podrán decir que desconocían el contenido de la carta y así ahora la baja médica sería ilógica ya que estarían verbalmente despedidas, o si más no se podría proceder a ello.
También soy nueva en esto pero es lo primero que se me ha ocurrido, espero haberte dado mi punto de vista como mínimo.
Saludos
Gracias Ecodina. Hay testigos de la entrega a una de ellas de la carta de despido, pero no de la entrega a su hermana. Quieres decir que su baja no es válida porque están despedidas? No entiendo eso. Me lo explicas mejor? Alguna otra opinión?
Gracias de nuevo.
Pues una vez notificado el despido puedes extinguir el contrato en la fecha señalada en el despido. El trabajador está obligado a firmar todas las notificaciones que se le hagan, si se niega a firmar pues que firme un testigo que se negó a firmar. El día 16 de julio das de baja en S.S. a las dos trabajadoras y el talón con el Finiquito e indemnización lo depositas en el juzgado de lo social a disposición del trabajador. A ellas les notificas la finalización del contrato por telegrama o carta con acuse de recibo. Otra cosa es que estén de acuerdo con la indemnización y crean que se debe pagar 45 días . Eso lo dirimirá el juez ya que demandarán a la Empresa. Pero una vez depositado el talón y notificado el despido no ha lugar a los salarios de tramitación.
Gracias Pym. Una duda, ¿qué quieres decir con que no ha lugar a los salarios de tramitación? Si se declarase improcedente sí que tendría que abonarlos, no? Saludos y gracias de nuevo.
1º.- Asegurate de tener constancia fehaciente de que has comunicado el despido a las trabajadoras, con testigos, o burofax. y ten en cuenta el período de preaviso.
2º.- Si las trabajadoras no cogen la cantidad que les corresponde por despido objetivo y el finiquito, deositalo en los juzgados de lo social.
3º.- en cuanto a las vacaciones si están de baja, obviamente no las podrán disfrutar. y se las tendrás que pagar.
Muchas gracias a todos. Lo que he sacado en claro es que encima de que intentas hacer lo mejor por los trabajadores te dan la patada en el culo a la de menos. En fin, que depositaremos la indemnizacion en el juzgado y que sea lo que dios quiera. De todos modos, voy a pasarme por inspeccion de trabajo, porque a nadie se le puede escapar que dos hermanas que cojen baja por depresion a los dos dias de comunicarseles el despido....... No se, como que es muy sospechoso, no?
repito, gracias por vuestra ayuda.