Hola, fui despedida en febrero de 2011, por despido objetivo. La empresa no hizo efectivo el importe de la indemnización y la denuncié. Fuimos a la conciliación y no llegamos a ningun acuerdo, por lo que se llegó a juicio. El mismo dia, los abogados llegam a un acuerdo extrajudicial en el que la empresa se compromete a pagar el doble de la cantidad que parece me correspondia en un principio, pero pide que se le permita pagar a plazos. Mi abogado considera que es un buen acuerdo y firmamos un documento en el que constan las fechas de pago y tambien se hace constar que en caso de no hacer efectiva la totalidad de la cantidad acordada, el juicio que ha quedado en suspensión, volverá a reabrirse. Pues bien, asi ha sucedido. He cobrado 2/3 de lo acordado. A mediados de marzo ya tenemos fecha de juicio.
Mi problema es, que el abogado que hasta la fecha me representaba ya no esta en el sindicato, (lo lleva un compañero) y a este no le ha parecido del todo bien como se llevo el tema.
El esta mirando a ver como enfoca el juicio y no sabe decirme cual puede ser el resultado?
Estoy muy desesperada, sin trabajo y con un juicio por delante que no se lo que puede pasar?
Me pueden readmitir? (ojala). Puedo perder lo cobrado si el juez cree que solo me correspondian los 20 dias?? Si me readmiten que cantidad tendre que devolver?? Puede el juez declarar un despido improcedente despues de tanto tiempo??. La empresa, aunque con dificultades, continua trabajando y facturando.
Espero vuestras respuestas. Muchisimas gracias de antemano.Saludos
Usted mismo dice que se llegó a un acuerdo , con lo cual ocurren dos cosas:
1. El acuerdo hay que cumplirlo , cosa que al parecer la empresa no lo está haciendo. (ha pagado 2/3 partes de lo acordado).
2.Usted aceptó ese acuerdo ....y con ello aceptó el despido (a cambio de...).
Todo va a depender de como lo interprete el juez .....
Lo que no entiendo es que la empresa haya pagado ya 2/3 partes de ese acuerdo , y en vez de"solucionar" eso , acepte ir a juicio y la posible condena. Digo yo que sus razones(idea, motivos) tendrá para tomarse ese riesgo.
Por otra parte pienso que tú, puedes estar tranquila, no eres tú quien no ha cumplido el acuerdo.
Yo hace años me paso algo similar, no digo que igual, pero muy parecido. Al grano, supongo que lo que tu nuevo abogado no tiene claro es porque no cobraste el mismo dia del acuerdo. Cuando me paso a mi el sindicato me dejo muy claro que debia de salir con el total del dinero en la mano, delante del juez, acto de conciliacion, asi se lo comunique i cobre la totalidad o no hubiera habido acuerdo. Entiendo lo del papel firmado, pero si este no fue delante de un juez, aqui esta lo del no todo bien.
Aun asi es estraño que habiendo cobrado la parte que has cobrado la empresa se embarque en un juicio asi. Te deseo suerte,
Estos es mi opinion. Puedo estar equivocado, solo quiero que veas un punto de vista dieferente.
Readmitir--- Lo dudo, casi que no.
Gastos--- Si pierdes, deberas de pagar tu los gastos, del juicio.
Aqui viene lo curioso.
Improcedente---- No, porque ya hubo un acuerdo.
Por lo tanto lo unico que puede pasar es que el juez considere que el acuerdo no es aceptable, por el hecho que se hizo fuera del ambito judicial, i te corresponda los 20 dias por año trabajado, mas un % por no cobrar en su dia. Has corado 2/3 partes, creo que el juez considerara que es suficiente.
Quien gana en este caso?, eso es lo dificil.
Tu que crees?, no lo veo nada claro.
Habla con tu abogado con claridad.
Preguntale en caso de perder que tendras que pagar.
La empresa alega que tiene cosas más importantes que pagar. Por lo que me ha dicho un compañero que todavia está en la empresa, es que ellos entienden que el despido ya no puede ser declarado improcedente y por lo tanto los 20 dias por año ya estan saldados.
Pienso que le tomaron el pelo a mi abogado. Le lloraron con lo de la crisis y tal y aceptó el pago aplazado.
No sé, aunque seguramente es legal el dejar de abonar la cantidad, no me parece correcto.
Gracias por la respuesta. Es lo que me temia, o sea lo peor.
No se si sera importante, pero la cuarta clausula del acuerdo indica literalmente "Una vez satisfecha la indemnización pactada, el trabajador se compromete a desistir la demanda por despido improcedente planteada en su dia, por la que se sigue el procedimiento de despido nº.. ante el juzgado social.
En caso de no atenderse cualquiera de los pagos por parte de la empresa, el trabajador quedará facultado para solicitar que se levante la suspensión de este procedimiento acordado en su dia"
Que os parece??
A ver desde mi punto de vista, es mi opinion, la razon la tienes toda, no hay lugar a la duda. Pero si reabres el contencioso, debes de tener claro que los 20 dias por año ya los has cobrado, imaginate que el juez determina que es suficiente.
La gran pregunta es clave, quien gana el juicio?
Suposicion.
1.- Ganas tu. El juez considera que los 20 dias són suficientes. No vas a cobrar nada. Lo unico que cobrara es tu abogado. i la justicia.
2.- Pierdes. Tu pagaras todos los gastos.
3.- Ni ganas ni pierdes. Tu tendras que pagar a tu abogado mas la mitad del coste del juicio.
Esta es mi opinion. Hablalo con tu abogado claramente, no sea que te lleves una sorpresa.
No se si es importante, pero lo comento. La primera denuncia ya la pusimos porque era un despido por causas económicas y en la carta de despido constaba que habia cobrado la totalidad de la indemnización. Tambien solo pago el primer plazo, y es entonces cuando el abogado anterior, considera que el despido es improcedente, pues tiene un error de forma. Es cuando antes de entrar a juicio acuerdan el pago de 40 dias y aplazado porque la empresa (según explican) se encuentra en una situación dificil. El abogado despues del acuerdo, no lo garantiza al 100% ,pero si que le parece que hemos llegado a un buen acuerdo, y a mi tambien me lo parece, ya que me evitaba el juicio y el mal rato.
Ahora no se.
Gracias por todo
Tal como lo explicas, siempre des de mi punto de vista, es mi opinion, se parece mucho, pero muchisimo a lo que te he contado anteriormente.
Yo veo el problema en un punto, i tu lo mencionas. Llegais a un acuerdo, ANTES DE ENTRAR A JUICIO, es decir interpreto que no estaba el juez delante, aunque solo fuera un acto de conciliacion. El error es no entrar para que el juez lo ponga como sentencia, es decir, falta la firma del juez.
Yo no quiero que tomes ninguna decision por lo que yo te digo, pero yo nunca me embarco en una batalla si no creo que minimamente pueda ganar.
Crees tu, que aunque sea minimamente vas a ganar?.
Yo tengo una respuesta clara, pero la respuesta a la pregunta no depende de lo que yo piense.
Bien no lo veo. Pero lo que se me adeuda es mio.
Seria mejor reclamar la cantidad y olvidarnos del despido??
Estamos hablando de mas de 10.000 €
Gracias por todo, de verdad.
La deuda que expresas como se entiende, lo que tu consideras que te pertenece por el pacto que acordasteis, o es deuda nominal?
o dicho de otra forma ya cobraste 21000 aprox.?
A quien vas a reclamar?
A la empresa directamente?
No creo que te paguen, pero es evidente que por provar, que no quede.
Si vas a juicio, ya te he dicho lo que puede suceder, eso solo tu puedes decidir que te convene mas.
La idea del asesor, acogiendose a la clausula que consta en el contrato, era levantar la suspensión del juicio, e intentar reclamar el improcedente. Ahora bien si pagaban los dos últimos pagares, olvidarnos de todo. Ahora con el nuevo abogado, nose, parece que no lo ve tan facil. El contempla la posibilidad de reclamar los dos pagarés que tenemos en la carpeta y que no sirven para nada. No se
Saludos y gracias