Hola, les queria comentar unas dudas que tengo por si me pueden orientar.
Me depiden el dia 4 de enero de 2011 y me dicen que me corresponden 8 dias por tener el contrato por obra y servicio y fin de obra.
El tema del contrato se supone que tendria que ser indefinido ya que entre en la empresa 20/05/2008 Categoría Ayudante con el contrato 502 (pone en el contrato) en el papel de altas y bajas de la seguridad social pone 402.
El 19/07/2008 es la fecha de baja y hay un nuevo alta desde el día 20/07/2008 hasta hoy(se supone que el despido sera el día 17/12/2010) con tipo de contrato 401 categoría 901 Oficial 3ª y al tener 2 o mas contratos temporales en mas de 24 meses pasa a indefinido,no?.
La duda también es que realmente la empresa no finaliza la obra pero baja la cantidad de trabajo aunque ellos dicen tener un escrito por parte de la empresa que contrata a la mia(la mia es una contrata) segun el cual el 31 de diciembre se acaba la obra. Hay dos compañeros que se quedan haciendo el mismo trabajo... ademas la obra finaliza el dia 31 de diciembre y nos echan el 4??. Como demostrar que no finaliza la obra si dicen tener ese escrito?.
Me ha comentado un amigo que si el contrato esta en fraude de ley por lo primero que te expongo ya seria improcedente y daria igual que se finalizara la obra que no, es cierto esto?.
Por cierto, hay que firmar, no firmar o firmar no conforme el finiquito?.
Un saludo y muchas gracias
Despido, firmas con el no conforme, cobras finiquito la cantidad correspondiente, no estas de acuerdo, papeleta ante SMAC, y si no hay avenencia, demanda ante el juzgado de lo social por despido improcedente
Si siempre se pone el no conforme. Hay que curarse en salud, siempre podrás alegar, que no estuviste de acuerdo con el despido.
"Trola" una cosa es el finiquito o liquidación (a la que tiene derecho todo trabajador que se le extinga la relación contractual con indepedencia de la causa), y otra muy distinta, es la indemnización por despido o finalización de contrato.
Si uno está conforme con la liquidación, puede poner un CONFORME de grande como la hoja, y actuar contra el despido o la finalización de contrato.
El trabajador que actúa contra el despido, no está conforme con el mismo (incluida la indemnización), pero no con las cantidades adeudadas que es propiamente lo que se abona de finiquito.
Jajaja, pues con la oposición... Como tampoco son una festividades que me gusten mucho, no me importa estar encerrado en mis días de vacaciones.
Felices fiestas también para ti y la familia.
Un saludo.
Buenas, pues ahora me han ofrecido 20 días por año trabajado como despido por causas objetivas.
Dicen que baja la producción un 75% y por ello es objetivo(en principio decían que era fin de obra).
Mi pregunta seria ahora la siguiente, si el contrato esta en fraude de ley como el mio da igual que sea verdad lo de las causas objetivas porque ya seria improcedente,no?.
Es mejor firmar no conforme para poder cobrar esa parte y echar el paro o es mejor no firmar si no se esta de acuerdo?.
Lee el art.15 del E T en los puntos 3 y 5 y tienes ahí resuelta casi toda la pregunta que haces.
Por la redacción del punto 5 ( hay que contar el tiempo transcurrido entre los dos contratos temporales) se trataría de un contrato indefinido y por lo tanto despido, que si es improcedente serían 45 días de salario por año trabajado, con un máximo de 42 mensualidades
Si pueden demostrar la causa objetiva, si serían los 20 días.
El día 20 nos dieron una carta de despido por fin de obra (como tengo por obra y servicio me daban 8 días), ayer día 29 nos vienen con otra carta de despido diferente y que pone que es despido por causas objetivas y que me dan 20 días por año, esta carta de ayer 29 con la fecha del 20 también...
Por cierto el despido objetivo no tiene un preaviso de 30 días?, a mi me lo han dicho con 15 días.
Es legal dar una carta de preaviso si han dado ya otra y ademas con la fecha falsa,no?.