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despido

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Despido
15/07/2010 16:16
Hola. Me gustaría que alguien me pudieran decir su opinión sobre el siguiente caso: un laboral de un ayuntamiento con un contrato de obra o servicio pide una excedencia voluntaria para irse a otra AP; se la conceden, pero condicionando a que la solicitud de readmisión se presente antes de fin de año. El laboral solicita su reincorporación en fecha posterior; el ayuntamiento le dice que se le ha pasado la fecha y que la relación laboral ha terminado; el laboral presenta reclamción previa la vía laboral; no le contestan.

La cosa es que el contrato por el que se le contrató se prorroga anualmente en tanto se siga percibiendo la correspondiente subvención de la adminstración auntonómica destinada a tal fin, sin olvidar que es uncontrato por obra o servicio que, aunque tenga una fecha prefijada de finalización, pervive mientras continúe la obra o servicio. De hecho, la persona que sustituyó el puesto del laboral en excednecia sigue desempeñando ese puesto.

En mi opinión, se trataría de un despido (improcedente). La duda que tengo es si tendría que ir al juzgado de lo cont-admivo o al de lo social. Y, si se necesita representación y asistencia en caso de acudir al juzgado de lo social.

Gracias