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Despido

1 Comentarios
 
Despido
23/02/2004 23:34
Hola a todos, en primer lugar dar la enhorabuena al foro, ya que personalmente creo que es el mejor que hay en la red sobre estos temas.
Mi problema es el siguiente:
actualmente tengo un salario bruto de 2200 € mensuales, la empresa donde trabajo a sido comprada por una gran cadena, esta nueva empresa dice que por mi puesto de trabajo segun sus tablas lo que me corresponde es 1700€. y que si estoy dispuesto a aceptar tales condiciones. Me gustaria saber si no acepto y deciden despedirme sobre que cantidad me tienen que liquidar (sobre el ultimo año cotizado, sobre el total cotizado en todos los años, o sobre que?). Tengo antigüedad del año 90 y la empresa esta sujeta al convenio de comercio. Tambien saber cuantos dias por año me tocan por despido, he oido decir que 45 dias, pero que si es por una reduccion sustancial del salario, y no aceptarlo me corresponderian 20 por año.

Gracias anticipadas
24/02/2004 13:36
Hola Elisabeth P.
En primer lugar darte la bienvenida al foro y espero que entre todos los que participamos en él podamos ayudarte.

El hecho de que tu empresa haya sido comprada por una gran cadena no es causa de despido ni tampoco de que te bajen el sueldo ya que en la transmisión de empresa el nuevo empresario queda subrogado en los derechos y obligaciones laborales y de Seguridad Social del anterior.

El art. 44 del Estatuto de los Trabajadores se refiere concretamente a la "Sucesión de empresa" y en el apartado 4ª establece que " Salvo pacto en contrario, establecido una vez consumada la sucesión mediante acuerdo de empresa entre el cesionario y los representantes de los trabajadores, las relaciones laborales seguirán rigiéndose por el convenio colectivo que en el momento de la transmisión fuere de aplicación en la empresa, centro de trabajo o unidad productiva autónoma transferida".

Los despidos deben ser causales y en función de ello, tendrán la indemnización que corresponda según acuerdo, la legal es de: 45 días por año de servicio con un máximo de 42 mensualidades, para los despidos improcedentes improcedentes y 20 días de salario por año de servicio, con un máximo de 12 mensualidades los basado en causas económicas, organizativas y de producción, que si son colectivas necesitan autorización de la autoridad laboral con informe previo del comité de empresa.

Deberías asesorarte mejor con tus representantes legales, con los sindicatos de tú sector, Graduado Social o Abogado Laboralista para poder hacer frente a la situación.

Saludos.