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Despido

2 Comentarios
 
28/10/2003 14:25
Nada que añadir a lo expuesto por Pang. Pero, ange la duda, la mas tetuda. Pide que te den copia de ese finiquito o si quieres firmar pon no conforme con la liquidación e indemnización. Con ese finiquito y el/los contratos de trabajo y nominas que tengas, acude a un laboralista y con el toma la decisión de aceptar, callarte si has cobrado, o proceder a la correspondiente reclalamción.

Saludos.
28/10/2003 12:05
Ya no llego a tiempo, pero por si acaso.
Seran 33 días si es un contrato de medidas de fomento de empleo por conversión en indefinido, y el motivo de la extinción es por causas objetivas que se declare improcedente tras una decisión judicial. Por tanto la empresa, en principio, no puede imponer directamente los 33 días, salvo que el trabajador lo acepte. Si se trata de un despido sin más, son 45 días si se reconce ya la improcedencia del despido, no 33. Si la empresa intenta un despido por causas objetivas el trabajador puede recurrir y habrá juicio, y habrán salarios de trámite a favor del trabajador, si el despido se declara improcedente, aunque la indemnización sean 33 dias.
Despido
27/10/2003 23:53
Mañana tengo que pasar a recoger el finiquito de mi despido, pero no se muy bien como se calcula. Un amigo me dice que como en principio tuve un contrato en practicas y despues me lo pasaron a indefinido me correspondeen 33 dias por año trabajado y no 45 dias. Es correcto?
Necesito una respuesta antes de las 14:00.
Gracias.