hola. despues de pasar el tribunal medico y negarme una incapacidad , me incorpore al trabajo y me han hecho un despido objetivo por incapacidad sobrevenida y yo pregunto ¿com se puede hacer este despido sin incapacidad oficial.y cuando vaya a juicio ,si el juez dice que este despido es procdente querria decir que tengo incapacidad .y entonces ¿valdria esta sentencia para que me de la seguridad social me diera la invalidez que me nego primeramente.gracias
Uf que complicado es esto. Evidentemente es una faena pero no te confundas. Eso no te va a servir para que la SS te conceda la incapacidad permanente, lo contrario sería dejar en manos de la empresa estas calificaciones, aunque podrías utilizarlo en un futuro juicio contra el INSS, pero no impugnar el despido por si te sirve para la incapacidad me parece algo arriesgado, no se, es un tema para ver mas despacio y en detalle, ve a un abogado en persona
hola. se ha inpugnado el despido objetivo y mi pregunta era que si el juez declara el despido procedente. esta sentencia¿ valdria para que la seguridad social me concediera la invalidez. puesto que si la segurida social ha dicho que no tengo incapacidad y en la inpugnacion del despido el juez dictara la procedencia del mismo querria decir que si tengo incapacidad .o sea que no tendria icapacidad para una paga. pero si la tendria para que me despidan. como se explicaria esta situacion
A mi no me parece tan fácil ese despido por ineptitud sobrevenida por lo siguiente:
Lo primero es que la cargade la prueba recae sobre el empresario y no lo va a tener fácil si pides que se aporte al juicio el expediente de síntesis del INSS o Mututa, donde se recoge la situacion de tus dolencias en relacion al trabajo.
Es el magistrado quien debe apreciar la existencia o no de tal ineptitud en relacion con el trabajo que desarrollas y el que hasgas las tareas normales de tu profesion con una mayor dificultad de lo que venías haciendolo antes de la actual situacion, no es causa de despido por ineptitud sobrevenida, como se devlaráo en una sentencia del T.S.J. de Navarra en unc aso en que al trabajador le concedieron la invalidez parcial. Ni siquiera el hecho de este tipo de invalidez seria motivo de aplicacion autmática de este tipo de despido (no así de una total o absoluta que puede extinguir el contrato en desde el momento de su concesion.)
Yo , con independencia que hayas hecho o no reclalamcion por vía judicial de algún tipo de invalidez, reclalamria contra ese despido y buscaría la improcedencia del mismo.
no se puede jugar a dos bandas, o estas para trabajar o no lo estas. TU ERES LA QUE MEJOR LO SABES, que no te quepa la menor duda que la mutua el dia del juicio sacara a la palestra que según tu estas bien para trabajar en el momento que te opones a la extinción del contrato por causas objetivas. Si de verdad estas convencida que no puedes trabajar coge los 20 dias por año que te vienen como anillo al dedo y lucha por tu invalidez que ten por seguro que si no estas para trabajar acabaras consiguiendola con caracter retroactivo si asi lo has especificado en la demanda (muy importante, el llevar unos buenos informes y el medico especialista).